Las siglas IVA significan Impuesto al Valor Agregado y todo producto o servicio en el país debe de contar que este impuesto, uno de los más importantes para las finanzas y el desarrollo de Guatemala.
Toda persona natural o jurídica esta obligada a añadir el IVA en sus actividades comerciales y realizar declaraciones mensuales, trimestrales o anuales dependiendo al régimen al que se encuentren afiliados.
¿Cuánto se paga de IVA en Guatemala?
En Guatemala existen principalmente dos regímenes para calcular el IVA:
- Régimen Pequeño Contribuyente: El porcentaje de IVA que se aplica es del 5% siempre y cuando la persona natural o jurídica no supere Q150,000.00 en ventas o servicios en el año en curso, más información aquí.
- Régimen General: El porcentaje de IVA que se aplica es del 12% e implica a todas las personas naturales o jurídicas, entidades públicas o privadas, empresas, sociedades y similares que superen la cantidad anteriormente mencionada sin límite de facturación.
Son los regímenes de IVA más comunes, pero en la ley tributaria existen excepciones, como exenciones de IVA y reducción del porcentaje en casos muy específicos.
Cálculo del IVA
El cálculo es muy sencillo, se le suma el porcentaje al valor del producto o servicio:
- Valor del producto: Q10.00
- Régimen general IVA: 12%
- Cálculo: 10.00 x 0,12 (12%) = 1,2
- Total venta producto: Q11.20
El ejemplo anterior sería una de las transacciones más comunes, en caso de ser Pequeño Contribuyente, deberíamos de multiplicar por 0,5 (5%) y obtendríamos el monto de IVA.
¿Qué productos están exentos de IVA?
Según la ley en Guatemala, hay productos o servicios que se encuentran exentos de IVA, por lo que no hay que aplicar ningún importe, algunos de ellos son los siguientes:
- Las ventas al cliente final que no superen Q50.00 están exentos de IVA. Es muy común esta exención es mercados municipales o similares.
- En muchos medicamentos tampoco se aplica IVA en Guatemala, siempre deben de estar autorizados por el Ministerio de Salud u otra organización gubernamental.
- En servicios relacionados con la educación, como pueden ser matrículas en centros educativos o universidades, y tanto en centros públicos o privados.
- En productos y servicios relacionados con temas sociales, organizaciones de ayuda humanitaria y similares.
¿Cuándo debo de pagar el IVA?
Cada contribuyente debe de pagar el IVA a la SAT mensualmente y dispone del último día del mes posterior para hacerlo, es decir, el IVA del mes de agosto se debe de pagar el 30 de septiembre o antes.
En caso de no hacerlo en la fecha especificada, la SAT puede aplicar intereses de mora e incluso proceder a realizar multas o sanciones, por lo que es importante cumplir con nuestras obligaciones tributarias con los plazos que marca la ley.
Hay excepciones en cuanto a cuando se debe de pagar el IVA, siempre cumpliendo las normas tributarias, las declaraciones pueden realizarse trimestralmente o incluso anualmente.